miércoles, 19 de septiembre de 2007

En Santa Fe aprueban el pliego de una jueza sin votar nominalmente

La Legislatura provincial no cumplió con su propio reglamento
La Asociación por los Derechos Civiles y la Fundación Derecho Social solicitaron a la legislatura de Santa Fe conocer cómo votó cada legislador que participó en el acuerdo de designación de una jueza y, en caso contrario, que el pliego sea impugnado. Asimismo, instaron a que la provincia de Santa Fe cumpla con lo ordenado por el reglamento de la Asamblea Legislativa, votando nominalmente (dejando registro del voto de cada legislador) al acordar la designación de una magistrada ó magistrado.
(19 de septiembre, 2007) Ayer, 18 de septiembre, la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y la Fundación Derecho Social (FDS) realizaron una presentación ante la Presidencia de la Asamblea Legislativa de la Provincia de Santa Fe, a cargo de la Vicegobernadora María Eugenia Bielsa, solicitando se cumpla con el reglamento interno de la propia Asamblea y se deje el registro de cada voto (votación nominal) al aprobar un pliego de un juez o jueza.
Particularmente, solicitaron se aclare el sentido del voto de cada legislador al acuerdo brindado por la Asamblea Legislativa, el pasado 6 de septiembre, al pliego de la Dra. Ester María Pugín como jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de la ciudad de Santa Fe. Asimismo, y en el caso de que ello no fuese posible por la Asamblea, solicitaron la impugnación del acuerdo. En consecuencia, y de prosperar la impugnación, la ADC y FDS entienden que la única conducta que ese órgano puede adoptar es volver a considerar el pliego y aprobarlo por los mecanismos previstos reglamentariamente.
La Legislatura de la provincia de Santa Fe está siendo monitoreada desde el año 2005 a través de http://santafe.adclegislativo.org.ar/, y desde aquel momento se ha advertido la falta de cumplimiento a lo ordenado por el propio reglamento de la Asamblea. A pesar que el propio reglamento de la Asamblea establece expresamente en su artículo 14 la obligación de la votación nominal en los acuerdos, cuando los legisladores presumen anticipadamente que el consenso es unánime, votan por signos.
El 28 de julio de 2005 representantes de la FDS se presentaron ante la Vicegobernadora manifestando este error en la aplicación del reglamento y se requirió que -en adelante- las votaciones se ajusten a lo normado, para evitar serias consecuencias. Se advirtió incluso que, de continuarse con esa práctica, cualquier persona podría impulsar la impugnación de los pliegos así aprobados. La Presidenta de la Asamblea entendió la obligatoriedad del sistema nominal (en acuerdos de nombramiento) y se comprometió a hacerla cumplir, y así se hizo por algunas sesiones.
Pero durante 2006 se continuó con la antigua práctica de no registrar los votos de los legisladores en estas situaciones. Así, en la Asamblea del 18 de mayo de 2006 algunos pliegos se votaron nominalmente y otros por signos.
Ya en el año 2007, agraviando la institucionalidad de la Legislatura, los legisladores volvieron a votar todos los pliegos por signos y no de manera nominal.
Llegamos así a la Asamblea del 06 de septiembre de 2007 donde el pliego de la Dra. Pugín se apruebó en contados segundos, por signos, no utilizando el método nominal ordenado por el reglamento.
La presentación de las ONGs pone en evidencia la falta de cumplimiento del propio reglamento de la institución, el que habrá previsto razonablemente la nominalidad para este tipo de situaciones. Sin embargo, ni en el propio caso que está previsto por reglamento esto se cumple.
Desde la ADC y la FDS se trabaja para implementar como obligatoria la votación nominal en todas las votaciones que realicen los cuerpos legislativos. Dejar sentado el registro del voto brinda de mayor transparencia al procedimiento legislativo.

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